Denominación:
Alta/baja de explotaciones en una integradora.
Información básica
La presente orden tiene por objeto establecer la tramitación en la Comunidad Autónoma de Galicia de determinados procedimientos de plazo abierto previstos en normativa estatal básica y habilitar su presentación en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.La regulación de los obligaciones de las personas o entidades integradoras y de los/las ganaderos/as integrados/las, en el ámbito de la prevención de las enfermedades de los animales, así como su responsabilidad por infracciones se realiza en la Ley 8/2003, de 24 de abril, de sanidad animal (BOE núm. 99, de 25 de abril de 2003).El modelo para comunicar al órgano competente de la comunidad autónoma el alta de las explotaciones en la integradora, o la baja de las explotaciones que ya tenía integradas, es lo que consta en el Anexo XXX de esta orden con el código de procedimiento MR521N.
Tramitación electrónica
Información adicional
Forma de inicio
Documentación asociada
- Solicitud según el Anexo XXX. - Documentos expedidos por cada persona titular de las explotaciones comunicadas, en los que se manifieste su adhesión o baja en la entidad integradora. - Otros (indicar). - Acreditación de la representatividad (si es el caso). - Comprobación de datos.Los documentos relacionados serán objeto de consulta a las administraciones públicas. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo y aportar una copia de los documentos: - DNI/NIE de la persona comunicante. - DNI/NIE de la persona representante. - NIF de la entidad comunicante.
Materias
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