Denominación:
Actividades potencialmente contaminantes del suelo: Valoración de informe histórico de situación
Información básica
Las personas físicas o jurídicas titulares de las actividades potencialmente contaminantes del suelo deben aportar, en el momento del cese de actividad, un Informe Histórico de Situación para su valoración, de acuerdo con el artículo 58 del Reglamento que regula el régimen aplicable a los suelos contaminados.Así mismo, las personas físicas o jurídicas propietarias de los suelos en los que se pretenda un cambio de uso o actividad, que hayan soportado una de estas actividades potencialmente contaminantes del suelo, deberán presentar un Informe Histórico de Situación de forma previa a la solicitud de licencia o cualquier otro instrumento previo al inicio de la actividad. Dicha propuesta, con carácter previo a su ejecuión, deberá contar con el pronunciamiento favorable de la Consejería, conforme al artículo 61 del Reglamento que regula el régimen aplicalbe a los suelos contaminados.