Denominación:
Solicitud de adhesión de empresas o profesionales al Sistema Arbitral de Consumo. Alta, modificación, baja y certificado acreditativo. Consumo.
Información básica
Posibilitar que los empresarios o profesionales puedan:- Adherirse (alta) al sistema arbitral de consumo, a través del cual se pueden solucionar las controversias entre consumidores y empresarios o profesionales, como alternativa excluyente a los tribunales ordinarios de justicia.- Comunicar las modificaciones que se produzcan en su adhesión a dicho sistema.- Solicitar su baja de ese sistema.- Y solicitar un certificado acreditativo de si el profesional o la empresa está o no adherido/a al citado sistema arbitral de consumo.EXCLUSIONES: No podrán ser objeto de arbitraje de consumo las siguientes cuestiones: - Las cuestiones sobre las que haya recaído resolución judicial firme y definitiva. - Las materias inseparablemente unidas a otras sobre las que las partes no tengan poder de disposición. - Las cuestiones en que, con arreglo a las leyes, deba intervenir el Ministerio Fiscal en representación y defensa de quienes, por carecer de capacidad de obrar o de representación legal, no pueden actuar por sí mismos. - Aquellas en las que concurran intoxicación, lesión, muerte o existan indicios racionales de delito, incluida la responsabilidad por daños y perjuicios directamente derivada de ellos.
Información adicional
Materias
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